Brasil Es Líder Cripto en Latinoamérica, Entonces ¿Por Qué Restringe Ahora los Pagos con Stablecoins?

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Brasil se ha consolidado como el país latinoamericano con mayor adopción de criptoactivos. Las estadísticas disponibles indican que más del 90 por ciento del volumen de transacciones con criptomonedas en el país corresponde a stablecoins, utilizadas de manera creciente como instrumento de pago cotidiano y como vía para liquidar operaciones de comercio exterior.

En paralelo a ese liderazgo, el Banco Central de Brasil (BCB) adoptó en 2026 una medida que prohíbe a las instituciones reguladas utilizar cualquier criptoactivo, incluidas las stablecoins, para la liquidación de operaciones de cambio internacional.

La medida ha sido interpretada por algunos observadores como una contradicción. Un análisis más detenido muestra que se trata de una decisión coherente con objetivos de estabilidad financiera, soberanía monetaria, control fiscal y prevención del delito.

El 30 de abril de 2026, el BCB publicó la Resolución 561, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de octubre del mismo año. La norma dispone que los proveedores de servicios de cambio electrónico (eFX) y demás instituciones autorizadas a operar en el mercado de cambios no podrán emplear criptoactivos de ningún tipo para saldar transferencias internacionales.

A partir de la fecha señalada, toda liquidación transfronteriza que curse a través de entidades reguladas deberá canalizarse por los mecanismos cambiarios tradicionales o mediante cuentas en reales de no residentes.

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La resolución no modifica la capacidad de las personas físicas o jurídicas para comprar, vender, mantener o transferir stablecoins en el ámbito doméstico. Tampoco prohíbe que un ciudadano utilice sus propios criptoactivos para realizar un pago al exterior por fuera del sistema regulado.

Lo que hace es cortar la posibilidad de que un intermediario financiero autorizado convierta los reales del cliente en una stablecoin y la emplee como vehículo de liquidación internacional dentro de su infraestructura operativa. La restricción opera en el nivel de la liquidación institucional, no en el de la tenencia o el intercambio particular.

La pregunta que surge es por qué un país que ha permitido e incluso fomentado la innovación con activos digitales decide limitar uno de sus usos más extendidos. La respuesta no se encuentra en una hostilidad genérica hacia las criptomonedas, sino en cuatro preocupaciones concretas que la evolución del mercado fue haciendo cada vez más difíciles de ignorar: la opacidad de los flujos y los riesgos de lavado de dinero, la erosión del control monetario y la competencia con la moneda digital del banco central, la pérdida de recaudación fiscal y el volumen sistémico que las stablecoins han alcanzado en un período breve.

El primer factor es la trazabilidad de los recursos

Las stablecoins permiten movilizar valor entre jurisdicciones con costos reducidos y en lapsos cortos, pero con frecuencia lo hacen al margen de los canales de información que alimentan los sistemas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo

En Brasil, el uso de stablecoins para pagos vinculados al comercio, en especial importaciones, ha generado una zona de escasa visibilidad para los supervisores. Los datos oficiales señalan que más del 90 por ciento del volumen cripto corresponde a stablecoins y que una proporción significativa de esa actividad está orientada a pagos comerciales.

El Consejo de Control de Actividades Financieras (COAF) y el propio BCB han advertido que esa opacidad facilita la subfacturación aduanera, la evasión fiscal, el lavado de dinero y el financiamiento de actividades ilícitas.

La Resolución 561 responde de manera directa a esta vulnerabilidad: al obligar a que las liquidaciones internacionales reguladas vuelvan a circular por rieles supervisados, las autoridades recuperan la capacidad de recolectar, cruzar y reportar datos conforme a las obligaciones antilavado y de combate al financiamiento del terrorismo.

El segundo motivo es la defensa de la soberanía monetaria

El uso extendido de stablecoins referenciadas al dólar estadounidense para operaciones cotidianas y pagos transfronterizos introduce un proceso de dolarización paralela. Cuando un importador liquida sus compras externas con una stablecoin, el real queda eludido como moneda de curso y el banco central pierde capacidad para monitorear y administrar variables como la oferta monetaria, el tipo de cambio y los flujos de capital. Esta preocupación no es abstracta.

El BCB se encuentra desarrollando el Drex, su moneda digital de banco central (CBDC), concebido como una representación tokenizada del real y diseñado para operar de manera integrada con el sistema financiero regulado.

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Permitir que las stablecoins privadas, denominadas en dólares, se consolidaran como el carril de pago por defecto para una parte significativa del comercio internacional habría debilitado los incentivos para la adopción del Drex y habría fragmentado el sistema de pagos nacional

Al redirigir las liquidaciones transfronterizas hacia los canales cambiarios formales, el BCB refuerza el papel del real como unidad de cuenta exclusiva en las operaciones reguladas y crea condiciones más definidas para que el Drex opere como el componente digital de la moneda soberana.

El tercer elemento es fiscal

La liquidación de importaciones mediante stablecoins a través de canales no oficiales ha sido asociada por las autoridades brasileñas con una pérdida relevante de ingresos públicos. La estimación oficial sitúa el perjuicio en más de 30 mil millones de dólares anuales, producto de la subdeclaración de mercancías ingresadas al país cuyos pagos se cursan por vías digitales que no dejan el mismo rastro documental que el sistema bancario tradicional.

Esa cifra no corresponde a una proyección marginal: representa un agujero material en las cuentas públicas, equivalente a una fracción significativa del presupuesto federal. En un contexto en el que Brasil está obligado a cuidar la disciplina fiscal y a ampliar la base de recaudación sin elevar alícuotas, recuperar la trazabilidad de estas operaciones se convierte en una prioridad de política económica.

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La restricción a la liquidación institucional con criptoactivos busca justamente cerrar esa vía de elusión, haciendo visibles las transacciones ante la administración tributaria y aduanera para permitir la correcta determinación y percepción de los tributos correspondientes.

El cuarto factor es el crecimiento del volumen operado

Los datos divulgados por el BCB muestran que entre mediados de 2024 y mediados de 2025 Brasil recibió aproximadamente 318.800 millones de dólares en transacciones con criptoactivos, lo que supone un incremento cercano al 250 por ciento respecto del periodo anual anterior. Las stablecoins representan alrededor del 90 por ciento de ese flujo.

Se trata de magnitudes que ya no corresponden a una actividad de nicho impulsada por la especulación o por la curiosidad tecnológica, sino a un sistema de pagos de escala sistémica que funciona junto a la infraestructura financiera formal pero fuera de su perímetro regulatorio

El volumen de pagos empequeñece al de la actividad especulativa, lo que indica que la función principal de los criptoactivos en la economía brasileña ha mutado hacia los medios de pago. Cuando una red de pagos alcanza esa dimensión sin estar sujeta a los mismos requisitos de liquidez, solvencia y reporte que rigen a las entidades bancarias, los reguladores tienen la responsabilidad de intervenir para mitigar los riesgos acumulados.

La acción del BCB puede entenderse como el reconocimiento tardío pero necesario de que las stablecoins se han convertido en un componente material de la infraestructura de pagos del país y, por tanto, deben integrarse dentro del perímetro normativo, no dejarse funcionar en paralelo de manera indefinida.

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Conviene situar la restricción de 2026 dentro de una secuencia regulatoria más amplia. En noviembre de 2025, el BCB aprobó las resoluciones 519, 520 y 521, mediante las cuales clasificó las transacciones con stablecoins vinculadas a pagos como operaciones de cambio, ubicándolas de manera explícita bajo su supervisión directa.

Aquellas normas definieron el marco conceptual y trazaron la línea de competencia. La Resolución 561 añade ahora la prohibición operativa concreta sobre el uso de criptoactivos en la liquidación de las operaciones de cambio cursadas por instituciones reguladas.

Esta secuencia gradual sugiere un esfuerzo deliberado por construir un andamiaje legal coherente antes de imponer limitaciones específicas, lo cual aleja la interpretación de una prohibición súbita o improvisada.

De igual manera, las autoridades han señalado que las medidas se alinean con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre activos virtuales y con el Marco de Reporte de Criptoactivos (CARF) de la OCDE, lo que indica la intención de mantener al país integrado en la arquitectura financiera global mientras ajusta sus normas domésticas.

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