El Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó el 17 de agosto de 2026 un Aviso de Propuesta de Reglamentación (NPRM) para implementar la Sección 3 de la Ley GENIUS (Guiding and Establishing National Innovation for U.S. Stablecoins). Esta propuesta, que abre un período de comentarios públicos de 60 días, establece el marco para determinar qué emisores necesitan una licencia GENIUS y bajo qué condiciones los stablecoins pueden ser ofrecidos o vendidos en el mercado estadounidense.
La relevancia de esta propuesta para el ecosistema cripto no reside en su carácter sorpresivo —la ley fue promulgada en julio de 2025— sino en la definición operativa que introduce sobre conceptos clave: qué significa “emitir un stablecoin de pago en Estados Unidos” y qué constituye una “oferta o venta” a personas “en Estados Unidos”. Estas definiciones determinarán qué activos y qué protocolos quedan expuestos a la restricción y cuáles, por el contrario, obtienen una ventaja competitiva.
Los plazos operativos de la transición regulatoria
La propuesta del Tesoro establece dos fechas límite de cumplimiento escalonado:
18 de enero de 2027: fecha de entrada en vigor esperada de la GENIUS Act. A partir de esta fecha, ninguna persona podrá “emitir un stablecoin de pago en Estados Unidos” sin la licencia federal o estatal correspondiente. Adicionalmente, los proveedores de servicios de activos digitales no podrán ofrecer, vender o poner a disposición stablecoins emitidos en el extranjero a menos que el emisor extranjero demuestre capacidad tecnológica de cumplimiento y acepte someterse a órdenes judiciales y acuerdos recíprocos entre EE.UU. y su jurisdicción de origen.
18 de julio de 2028: a partir de esta fecha, los proveedores de servicios de activos digitales no podrán ofrecer ni vender ningún stablecoin de pago a personas en Estados Unidos, salvo que dicho stablecoin haya sido emitido por un emisor con licencia.
La distinción entre ambas fechas es operativamente relevante: la primera restringe la emisión (oferta primaria), mientras que la segunda restringe la comercialización (mercado secundario) de cualquier stablecoin no licenciado.
La exposición diferencial de los protocolos
El impacto de esta regulación sobre los protocolos blockchain no es uniforme. Depende de un factor estructural: la composición de su oferta de stablecoins y, específicamente, el porcentaje de esa oferta que corresponde a emisores con licencia —esto es, fundamentalmente, Circle (USDC) y, en menor medida, Ripple (RLUSD).
El Tesoro, en su propuesta, extiende la responsabilidad de cumplimiento más allá de los propios emisores. Los intermediarios —incluyendo exchanges y otros proveedores de servicios— podrían ser considerados partícipes de una emisión ilícita si “convierten, redimen o recompran” el stablecoin, coordinan con el emisor pasos clave como la captación de clientes, la acuñación de tokens o la puesta a disposición de un stablecoin recién emitido para su negociación en mercado secundario.
Incluso el listado inicial de un stablecoin no registrado poco después de su emisión podría calificar como participación en una emisión ilícita. Esta disposición genera un incentivo claro para que las plataformas privilegien stablecoins de emisores licenciados.
Hyperliquid (HYPE)
Hyperliquid presenta el mayor grado de exposición favorable a la regulación. La oferta de USDC en Hyperliquid HyperEVM alcanza los $5.930 millones, ubicándose como la tercera mayor reserva de USDC a nivel global, solo detrás de Ethereum y Solana.
Circle ha transferido $4.400 millones en USDC a través de HyperEVM en una única transacción. La concentración de su oferta de stablecoins en USDC —un activo emitido por Circle, que ya ha obtenido aprobación final como emisor licenciado— sitúa a Hyperliquid en una posición de riesgo regulatorio mínimo frente a la nueva normativa.
Adicionalmente, el mecanismo AQAv2 que Hyperliquid lanzará el 26 de agosto de 2026 asigna el 90% del rendimiento generado por stablecoins no exclusivos (como USDC) a la recompra de HYPE, lo que vincula directamente el cumplimiento regulatorio con el flujo de valor hacia el token nativo.
Arbitrum (ARB)
Arbitrum, con una oferta de stablecoins de aproximadamente $6.900 millones, mantiene una proporción significativa de USDC. Cerca del 63.5% de su oferta de stablecoins corresponde a Circle. Esta estructura reduce su exposición a los riesgos de deslistado o restricción que afectarían a protocolos con alta concentración de USDT (Tether).
No obstante, la condición de Layer 2 de Ethereum introduce una capa adicional de complejidad regulatoria: la determinación de la jurisdicción de emisión y comercialización puede extenderse al contrato inteligente en la capa base, lo que podría someter a Arbitrum a un escrutinio más detallado sobre la procedencia de los stablecoins que circulan en su red.
Polygon (POL)
Polygon ha experimentado un crecimiento en su oferta de stablecoins, que pasó de $1.600 millones a principios de 2025 a aproximadamente $3.760 millones en junio de 2026. La participación de USDC en esta oferta ronda el 55%. Polygon procesó 493 millones de transacciones de stablecoins en febrero de 2026, superando el total combinado de Solana, Base, Arbitrum y Ethereum.
Este volumen de transacciones, combinado con una mayoría de USDC en su oferta, posiciona a Polygon como un protocolo que podría beneficiarse de la migración de usuarios y liquidez desde redes con alta exposición a USDT no licenciado.
Solana (SOL)
Solana presenta una oferta de stablecoins de $14.500 millones a mayo de 2026, de los cuales $7.720 millones corresponden a USDC. La proporción de USDC en su oferta total es aproximadamente del 43.5%. Circle ha emitido $72.010 millones en USDC en Solana durante 2026, lo que evidencia una relación de emisión activa con el emisor licenciado. Sin embargo, la presencia de una porción significativa de USDT —emitido por Tether, que no cuenta con licencia GENIUS— expone a Solana a riesgos de fragmentación de liquidez a partir de 2028, cuando las plataformas no puedan ofrecer USDT a usuarios estadounidenses.
Ethereum (ETH)
Ethereum es el protocolo con la mayor oferta absoluta de stablecoins: aproximadamente $146.570 millones. La distribución, sin embargo, es más equilibrada: USDT de Tether representa unos $79.890 millones y USDC de Circle unos $47.880 millones (el remanente corresponde a otros emisores como USDS de Sky). La proporción de USDC ronda el 33% de la oferta total. Ethereum enfrenta el desafío de gestionar la transición de una oferta de stablecoins con alta exposición a Tether hacia un ecosistema dominado por emisores licenciados.
La magnitud de su oferta total, sin embargo, le otorga un efecto de red que podría amortiguar el impacto: los emisores licenciados tienen un incentivo económico para expandir su presencia en la red de mayor liquidez.
XRP Ledger (XRP) y RLUSD
El caso de XRP es cualitativamente diferente. Ripple, a través de su stablecoin RLUSD, ha obtenido una licencia condicional de la OCC como emisor. La oferta circulante de RLUSD alcanza aproximadamente $1.710 millones, con una presencia en XRP Ledger de alrededor del 48% del suministro total. Ripple ha acuñado $10 millones adicionales de RLUSD en agosto de 2026. La condición de emisor licenciado de Ripple convierte a RLUSD en un activo nativamente conforme con la GENIUS Act, lo que podría incentivar su adopción en plataformas que busquen minimizar riesgos regulatorios.
El efecto de sustitución y la contracción de Tether
El precedente europeo con la regulación MiCA ofrece un escenario plausible para EE.UU. En Europa, la implementación de MiCA provocó el deslistado de USDT en múltiples exchanges y una migración forzada de usuarios hacia USDC y otros stablecoins conformes. La GENIUS Act, con sus plazos de 2027 y 2028, podría replicar este patrón en el mercado estadounidense.
El principal afectado sería Tron (TRX) , que alberga $92.040 millones en stablecoins, de los cuales el 97.9% corresponde a USDT. La ausencia de un emisor licenciado en su oferta de stablecoins expone a Tron a una restricción casi total de su mercado estadounidense a partir de 2028.
Limitaciones y riesgos de la propuesta
La propuesta del Tesoro no es una regulación final. El período de comentarios de 60 días y el posterior proceso de revisión podrían introducir modificaciones sustanciales. Adicionalmente, el proceso de implementación de GENIUS coexiste con el esfuerzo en el Congreso para aprobar la Ley de Claridad del Mercado de Activos Digitales, que podría reescribir porciones de GENIUS.
Los datos de rendimiento de los activos mencionados —con la excepción de HYPE, que registra un rendimiento positivo del 26.3% en los últimos doce meses— muestran caídas que oscilan entre el 58% y el 86% en el mismo período. La regulación, en este contexto, opera como un factor de realineamiento estructural, no como un catalizador de apreciación generalizada.





