El Parlamento Europeo se reunió el pasado Jueves 19 de abril, para tratar temas que afectan al mercado de las criptomonedas, especialmente en cuanto al anonimato de las criptodivisas se refiere.
El conjunto de normas aprobadas para luchar contra el blanqueo de capital en Europa, tienen a bitcoin y las monedas virtuales en el punto de mira.
El acuerdo alcanzado por el consejo en el mes de Diciembre, fue votado el pasado jueves por los eurodiputados y el arrojó un resultado de 574 votos a favor, 13 votos en contra y 60 abstenciones.
En este acuerdo se tratan temas sobre como evitar que Bitcoin y otras criptomonedas puedan ser utilizadas para blanqueo de dinero o financiación de actividades terroristas.
Esta será la quinta y última actualización sobre el acuerdo de la UE contra el blanqueo de capitales y el terrorismo, que en parte es una respuesta ante los pasados atentados de 2015 y 2016 en París y Bruselas.
Estas regulaciones también tratan temas sobre el anonimato de las criptodivisas, donde intentan ponerle fin. Las casas de intercambio, proveedores de wallets y los bancos, deberán aplicar los «controles de debida diligencia del cliente», además de estar obligados a su verificación.
Las casas de cambio, oficinas de cambio de cheques, proveedores de wallets, servicios de confianza o servicios de la compañía también deberán estar registrados.
La debida diligencia con los clientes y usuarios
La debida diligencia con clientes y usuarios, son una serie de normas que se deben aplicar con el objeto de prevenir posibles operaciones de blanqueamiento o movimientos de dinero proveniente de actividades ilícitas.
Se debe actuar en lo referente a identificación y mantenimiento de registros, según lo que dispongan los reglamentos y directrices de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) o la entidad que establezca la ley.
Entre estas medidas se encuentran entre otras:
- Identiciación al cliente.
- Identificación del beneficiario final.
- Completar la verificación de la identificación del Cliente de acuerdo al nivel de riesgo.
- En operaciones o relaciones que no sean «cara a cara» se debe realizar una Debida Diligencia Intensificada, donde la información del Cliente debe ser actualizada como mínimo cada año requiriéndose la presencia física de las partes.
- Las instituciones financieras, no deben abrir cuentas de depósitos con nombres falsos, ni cifradas o anónimos.
Medidas Tomadas por la UE hacia las criptomonedas:
- Verificación de clientes por parte de los bancos, casas de cambio o proveedores de wallets.
- Registro de compañías relacionadas con criptomonedas
- Reducción del umbral de identificación de operaciones con tarjetas prepago de 250 euros a 150 euros.
- Examen más estricto sobre transacciones a países «de riesgo»
- Análisis minucioso sobre si países no pertenecientes a la UE presentan mayores riesgos de lavado de dinero.
- Protección a los que faciliten información sobre el lavado de dinero ofreciendo el derecho al anonimato.
Acabar con el anonimato y regular el mercado de las criptomonedas es algo sobre lo que ya está trabajando Hacienda, a principios de abril se anuncio un mayor control hacia Bitcoin por su parte.
Agencia Tributaria Española a través de la ONIF (Oficina Nacional de Investigación del Fraude) solicitó a 60 compañías y 16 bancos la relación de transacciones y la identificación de los usuarios de criptomonedas que hacen uso de sus servicios.