Puntos clave de la noticia:
- Itaú Unibanco notificó formalmente al Banco Central de Brasil sus actividades de trading y custodia cripto, completando el proceso aplicable a bancos ya autorizados.
- La entidad utilizó una vía de notificación, no una nueva licencia, mientras los proveedores especializados deben seguir un proceso separado de autorización.
- Itaú ofrece más de 14 activos desde diciembre de 2023, y la formalización llega antes del plazo regulatorio del 30 de octubre, mercado local.
Itaú Unibanco notificó formalmente al Banco Central de Brasil sobre sus actividades con activos virtuales, incorporando sus servicios de trading y custodia cripto al nuevo marco regulatorio. La presentación reportada el 27 de octubre abarca intermediación y custodia, una combinación clasificada como brokerage de activos virtuales. Itaú se convierte en el primer banco brasileño en completar este proceso de formalización, sumando un caso regulado al debate sobre la custodia institucional de criptoactivos.
Itaú utiliza la vía de notificación disponible para bancos autorizados
A diferencia de empresas dedicadas exclusivamente a servicios de activos virtuales, Itaú no necesitó solicitar una autorización operativa separada porque ya es una institución financiera supervisada por el Banco Central. Los bancos previamente autorizados siguen un procedimiento de notificación para estas actividades. La diferencia separa la vía de Itaú del proceso exigido a proveedores cripto especializados, reflejando la ruta regulatoria simplificada para bancos que entran al mercado cripto.
Itaú ofrece compraventa de criptomonedas desde diciembre de 2023 y actualmente dispone de más de 14 activos virtuales, incluidos Bitcoin, Ether y USDC, además de mantener su custodia. El banco no ha revelado cuántos clientes utilizan el servicio ni el volumen financiero negociado. La presentación de octubre formaliza un negocio existente, en lugar de marcar el lanzamiento de un nuevo brokerage cripto, mientras Brasil incorpora operadores a su marco formal para servicios de activos virtuales.
El calendario también es relevante. La Resolución 520 del Banco Central entró en vigor el 2 de febrero y concedió 270 días a las instituciones financieras que ya prestaban servicios cripto para notificar al regulador, fijando el 30 de octubre como fecha límite. El proceso exige una certificación técnica independiente. Las instituciones que incumplan el plazo deberán dejar de ofrecer servicios de activos virtuales dentro de 30 días, mientras los proveedores especializados afrontan su propio proceso de autorización.
Itaú quedó por delante del plazo mientras otros participantes brasileños se adaptan. Los proveedores especializados no cuentan con la misma vía de notificación disponible para bancos autorizados y deben solicitar autorización operativa. Ese contraste aparece en solicitudes recientes de autorización de exchanges en Brasil. La medida de Itaú representa la formalización regulatoria del trading y la custodia dentro de una licencia bancaria existente, no una nueva licencia cripto. Sus servicios continúan bajo supervisión del Banco Central mientras Brasil integra la actividad cripto en un marco institucional definido.





